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Romería San Juan 2018

 

 

INFORMATIVO

 

Mediante el presente se pone en conocimiento de los habitantes de este municipio, que durante los días 23 y 24 de Junio celebraremos la Romería de “San Juan”. Por tal motivo y para mayor lucimiento de las fiestas, este Ayuntamiento pide la máxima colaboración.

           

Están previstas las siguientes actividades:

       Sábado 23 de Junio:Tras la misa de Romeros trasladaremos a San Juan desde la Iglesia hasta la carreta con bueyes que estará situada en Paseo Vereda Ancha y a continuación iniciaremos el camino hacia el Molino de Trejo. Todas aquellas carretas o carrozas remolcadas por vehículos a motor o animales de tiro que compondrán la comitiva oficial de la romería deberán respetar las siguientes reglas:

El orden de la comitiva oficial es el siguiente: San Juan, Carrozas y Carretas.

  • El orden asignado se conservará durante todo el trayecto.
  • Se realizará una parada de 15 minutos de duración a la llegada de la “Venta Las Vegas” donde tomaremos un aperitivo.
  • Se deberá respetar, en todo momento, las indicaciones que se den por parte de las Fuerzas de Seguridad.

            Para las carrozas que acompañen a San Juan en el camino, el Ayuntamiento le hará entrega de una paletilla y una botella de vino. Para ello deberán inscribirse en el Registro General del Ayuntamiento hasta el día 20 de junio, al igual que los caballistas participantes que recibirán una medalla por su participación en el camino. A la llegada a la Ermita se procederá a la ofrenda floral en honor a San Juan y disfrutaremos de una cata de vinos y quesos de Cádiz.

 

       Domingo 24 de Junio:Día de convivencia en el Molino de Trejo, en el cual tras la llegada a las 12:00 h. celebraremos una misa en honor a San Juan en su Ermita.

 Lo que se hace público para general conocimiento.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

PEDRO BARROSO SALAS

 

 

 

 

 

 

 

Convocatoria Ayudas Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas

El pasado día 10 de mayo, en el BOJA nº 89  se publicó la  Orden de 2 de mayo de 2018, por la que se convoca ayudas del Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas.

en el siguent enlace se pude

Se trata de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales, cuyas bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de 24 de mayo de 2017.

 

Objetivo del Programa

Contribuir a financiar obras y en su caso asistencias técnicas, para mejorar la  seguridad y la adecuación funcional de las viviendas habituales a las necesidades  especiales de las personas mayores, o de las personas con discapacidad y  movilidad reducida o grandes dependientes.

Personas destinatarias

• Mayores de sesenta y cinco años
• Quienes tengan reconocido al menos el 40% de grado de discapacidad y movilidad   reducida
• Quienes tengan reconocido un grado de Gran Dependencia (Grado III)

Requisitos que deben cumplir quienes quieran solicitar estas ayudas

• Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco o tenerla solicitada a fecha de presentación de solicitud.a formalización de la petición de la ayuda.
• Tener reconocido un grado del 40% de discapacidad y movilidad reducida.
• Tener reconocida un grado de Gran Dependencia (Grado III).
• Tener unos ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superiores a 2,50 veces el IPREM.
• Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación.

Cuantía de las ayudas

Las subvenciones tendrán una cuantía equivalente al 70 por ciento del coste total del presupuesto protegible, teniendo este presupuesto un límite máximo de 2.000 euros (aunque las obras puedan superar esta cantidad) que se podrá incrementar por los gastos de asistencia técnica en 600 euros.

Se considerará el coste total de las actuaciones a realizar, incluyendo el coste total de las obras y en su caso, la asistencia técnica necesaria y los gastos que esta conlleve, como licencias de obras, permisos o tasas. El coste de las obras incluye el presupuesto de ejecución material, así como el beneficio industrial, gastos generales IVA y tasas o tributos correspondientes a las obras.

Quién solicita las ayudas y cómo

La solicitud la puede presentar tanto la persona interesada como, en su caso, el representante legal de la misma, actuando en su nombre.

Se puede entregar la solicitud:

Presencialmente en el Registro de las Delegaciones Territoriales de Fomento y Vivienda, de la provincia donde se ubique la vivienda a adecuar, o en los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en artículo 82.2 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En caso de que se presente en otro Registro podrá remitirse copia completa de dicha solicitud, donde se visualice la fecha y número de registro de entrada, al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con anterioridad a la finalización del plazo de presentación.

Telemáticamente en la Oficina Virtual de la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda, localizando el trámite: “solicitud de adecuación funcional básica de vivienda”. Para realizar el trámite mediante este modo, se debe disponer de certificado electrónico.

Descargar solicitud. Anexo I

⇒ El plazo de presentación está abierto desde el 11 de mayo hasta el 10 de julio de 2018, inclusive.

Aprobación Inicial Presupuesto General 2018

EDICTO 

DON PEDRO BARROSO SALAS, ALCALDE PRESIDENTE

HACE SABER:

            Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 9 de noviembre de 2017, ha acordado la aprobación inicial del Presupuesto General para 2018, sus Bases de Ejecución y demás documentos que integran el mismo.

            Lo que se hace público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 169 del  RDL 2/2004, de 5 de marzo, para que los interesados puedan examinar el mismo y presentar reclamaciones ante el órgano plenario, durante el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, en horario de lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas, considerándose definitivamente aprobado si no se presentaren reclamaciones contra el mismo.

 Torre Alháquime, 9 de noviembre de 2017

 EL ALCALDE PRESIDENTE

Fr. Pedro Barroso Salas

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